Crisis humanitaria en el Mediterráneo

Como Alianza Evangélica Española queremos mostrar nuestra más profunda tristeza y dolor por la situación humana que se vive de forma especial en la región mediterránea.

Situación que conlleva tantas vidas perdidas de los que no llegaron y tantos riesgos para los que sí llegaron a las costas de Europa, huyendo de situaciones extremas difícilmente evaluables desde nuestro lado del mar.

Como cristianos creemos y denunciamos que nuestra sociedad no mejorará su comprensión, si no es capaz de ver lo que ocurre como la consecuencia del mal, del pecado.

Es el mal el que genera situaciones de vida de miseria y explotación; es el mal el que produce situaciones de violencia en los países de origen; es el mal el que hace que muchos de ellos mueran en el camino; es el mismo mal el que hace que las mafias se aprovechen de la necesidad para enviarlos en condiciones que no aguantan la navegación; es el mal el que genera indiferencia  en parte de los ciudadanos y gobiernos de los países occidentales; es el mal el que en este lado y en el otro generaliza la corrupción;  es el mal el que establece condiciones comerciales de explotación de los países del Sur; es el mal el que mira para otro lado o incluso da cobertura a los gobiernos dictatoriales, para obtener ventajas comerciales.

Esta crisis humanitaria no puede estar desprovista de una dosis muy importante de realismo. Tenemos que decirnos una serie de verdades que necesitamos para comprender la situación:

1-  No hay país en el mundo o conjunto de países que tengan la capacidad de acoger tal marea migratoria. El volumen de migrantes es tan alto y en tan poco tiempo que Europa, incluso maximizando sus capacidades de acogida, no puede recibir de manera digna y adecuada a todas las personas que tratan de entrar en ella.

2- La marea migratoria no dejará de llegar mientras el diferencial económico que existe entre el Norte y el Sur sea el que es. Entre las fronteras Norte – Sur del mundo, la que muestra un mayor diferencial es la que separa el Norte de África y el África subsahariana de Europa.

3- Mientras no se permita la libre entrada de inmigrantes a suelo europeo, seguiremos contemplando la multiplicación de naufragios en aguas mediterráneas.

4- Europa lucha entre dos extremos, el del miedo a la pérdida de sus identidades propias y de un estado del bienestar que sus ciudadanos no paran de ver recortado, y una ideología que solicita la entrada sin restricciones de todo aquel que lo desee.

Es necesario que Europa llegue a un consenso entre la realidad y la posibilidad. La única forma en la que se podrían evitar los naufragios y las muertes en el mar, a la vez que se acabarían las mafias que comercian con las personas, sería permitiendo la llegada de todo inmigrante a través de un vuelo de avión desde cualquier aeropuerto de África a cualquier aeropuerto de Europa.

Los costos en vidas y económicos para los migrantes serían mínimos. Mientras ese no sea el consenso o no sea realista esta posibilidad,  mientras la entrada no sea libre, tendremos personas muriendo en el Mediterráneo. Los dispositivos de recogida en alta mar priman a aquellos que han tomado la decisión de arriesgar la vida, con lo que a mejores dispositivos de recogida, mayor será el número de los que apostarán por arriesgarla.

Probablemente muchos de nosotros entenderemos que la solución de la libre entrada no es viable ni a corto, ni a medio plazo. Eso significa que deberemos continuar con los dispositivos de recogida de los que se arriesguen, que deberemos aceptar que seguirán ocurriendo muertes, que habrá que habilitar mecanismos de devolución de los que consiguieron llegar, que habrá que revisar muy bien los casos de refugiados por causas de conciencia, que habrá que mejorar las formas de colaboración con los países de origen cuyos regímenes acostumbran a estar rotos por la corrupción y que habrá que convencerse que establecer nuevos mecanismos de cooperación y solidaridad internacional es mucho mejor en cuanto a vidas y mucho más económico en costes que otras soluciones. Reconocemos la complejidad de la situación y de este tipo de medidas, pero seguimos pensando que son las que pueden producir mejores resultados y las que son más acordes con la ética social europea.

Los europeos no podemos mirar para otro lado porque la UE tiene su parte de responsabilidad en el origen de la situación: apoyó –incluso militarmente– la caída de regímenes autoritarios en la “primavera árabe”, pero no sostuvo criterios claros a la hora de promover la conformación de sociedades democráticas; como consecuencia, Libia o Siria se han convertido en estados fallidos y en esa desestructuración ha emergido Daesh (“Estado Islámico”) que, con sus genocidios, es causa directa de esa inmigración desesperada.

Las muertes en el Mediterráneo tienen que ser para los europeos más que una trágica y sobrecogedora noticia en nuestros medios de comunicación. Porque cada una de esas muertes es un recordatorio a nuestras conciencias de la responsabilidad que tenemos sobre el mundo que estamos construyendo; una parte del problema radica en que nuestra opulenta riqueza se convierte en inhumana injusticia hacia miles de millones de personas.

Desde una perspectiva cristiana, eso es el resultado de nuestro pecado de codicia, y sin reconocer y enmendar nuestra responsabilidad tan solo caminamos como sociedad hacia un juicio seguro: ‘Oíd esto, los que explotáis a los menesterosos y arruináis a los pobres  de la tierra: nunca me olvidaré de ninguna de vuestras obras.

¿No temblará por esto la tierra, y hará duelo todo aquel que habita en ella?. Llegará el día -dice el Señor Dios- que cambiaré vuestras fiestas en llanto y vuestros cantos en lamento ‘ (Oseas 8)

Equipo de Autorización 

Renovación de AEE y los Miembros

LA RENOVACIÓN DE LA ALIANZA EVANGÉLICA ESPAÑOLA Y LOS MIEMBROS
La renovación del ministerio de la AEE propuesta en Idea 2015 ¿en qué afecta a los miembros de la misma?
En la Newsletter anterior comunicábamos lanecesidad de renovaciónde la AEE a fin de que fueramás movimiento que institución, dotándole de unaestructura interna que facilite la realización de la visióny promoviendo unaampliación de la participación.
Hasta ahora el núcleo duro de la Alianza lo formaban los miembros de número. A partir de este momento, pensamos que lamejor estrategia es ampliar el arco de participación a todos aquellos que son miembros.No se trata de reducir la importancia, ni las funciones de los miembros de número, sino de subir el volumen a los miembros de apoyo de la Alianza para que aprovechemos toda nuestra capacidad. Es más, deseamos abrir la puerta a personas que aun no son miembros, que estén dispuestos a participar y conocer su opinión.
Partiendo de esta renovación, los derechos y facultades de los miembros de la Alianza serán los mismos que los que ahora tenían los miembros de número. El hecho de que todos los miembros tengan plenitud de derechos requiere cambiar el procedimiento de admisión de miembros que se hará no automáticamente, sino por la Junta previa comprobación de que se cumplen los requisitos.
Pueden ser miembros de la Alianza Evangélica Española todas las personas que se identifican con los fines de la misma y aceptan laDeclaración de Fe.
Para solicitar la membresía es requisito imprescindible pertenecer a una iglesia evangélica e identificarse con los fines y la declaración de fe de la Alianza. Para verificar tales extremos la Junta Directiva podrá recabar información de las iglesias evangélicas. El solicitante recibirá una notificación de la aceptación de su condición de miembro antes de que se proceda al cobro de la cuota anual.

Crisis humanitaria en el Mediterráneo

Como Alianza Evangélica Española queremos mostrar nuestra más profunda tristeza y dolor por la situación humana que se vive de forma especial en la región mediterránea.
Situación que conlleva tantas vidas perdidas de los que no llegaron y tantos riesgos para los que sí llegaron a las costas de Europa, huyendo de situaciones extremas difícilmente evaluables desde nuestro lado del mar.
Como cristianos creemos y denunciamos que nuestra sociedad no mejorará su comprensión, si no es capaz de ver lo que ocurre como la consecuencia del mal, del pecado.
Es el mal el que genera situaciones de vida de miseria y explotación; es el mal el que produce situaciones de violencia en los países de origen; es el mal el que hace que muchos de ellos mueran en el camino; es el mismo mal el que hace que las mafias se aprovechen de la necesidad para enviarlos en condiciones que no aguantan la navegación; es el mal el que genera indiferencia  en parte de los ciudadanos y gobiernos de los países occidentales; es el mal el que en este lado y en el otro generaliza la corrupción;  es el mal el que establece condiciones comerciales de explotación de los países del Sur; es el mal el que mira para otro lado o incluso da cobertura a los
gobiernos dictatoriales, para obtener ventajas comerciales.
Esta crisis humanitaria no puede estar desprovista de una dosis muy importante de realismo. Tenemos que decirnos una serie de verdades que necesitamos para comprender la situación:
1-No hay país en el mundo o conjunto de países que tengan la capacidad de acoger tal marea migratoria.El volumen de migrantes es tan alto y en tan poco tiempo que Europa, incluso maximizando sus capacidades de acogida, no puede recibir de manera digna y adecuada a todas las personas que tratan de entrar en ella.
2-La marea migratoria no dejará de llegar mientras el diferencial económico que existe entre el Norte y el Sur sea el que es.Entre las fronteras Norte – Sur del mundo, la que muestra un mayor diferencial es la que separa el Norte de África y el África subsahariana de Europa.
3- Mientras no se permita la libre entrada de inmigrantes a suelo europeo, seguiremos contemplando la multiplicación de naufragios en aguas mediterráneas.
4-Europa lucha entre dos extremos, el del miedo a la pérdida de sus identidades propias y de un estado del bienestar que sus ciudadanos no paran de ver recortado,y una ideología que solicita la entrada sin restricciones de todo aquel que lo desee.
Es necesario que Europa llegue a un consenso entre la realidad y la posibilidad. La única forma en la que se podrían evitar los naufragios y las muertes en el mar,a la vez que se acabarían las mafias que comercian con las personas, sería permitiendo la llegada de todo inmigrante a través de un vuelo de avión desde cualquier aeropuerto de África a cualquier aeropuerto de Europa.
Los costos en vidas y económicos para los migrantes serían mínimos. Mientras ese no sea el consenso o no sea realista esta posibilidad,  mientras la entrada no sea libre, tendremos personas muriendo en el Mediterráneo. Los dispositivos de recogida en alta mar priman a aquellos que han tomado la decisión de arriesgar la vida, con lo que a mejores dispositivos de recogida, mayor será el número de los que apostarán por arriesgarla.
Probablemente muchos de nosotros entenderemos que la solución de la libre entrada no es viable ni a corto, ni a medio plazo. Eso significa que deberemos continuar con los dispositivos de recogida de los que se arriesguen,que deberemos aceptar que seguirán ocurriendo muertes, que habrá que habilitar mecanismos de devolución de los que consiguieron llegar, que habrá que revisar muy bien los casos de refugiados por causas de conciencia, que habrá que mejorar las formas de colaboración con los países de origen cuyos regímenes acostumbran a estar rotos por la corrupción y que habrá que convencerse que establecer nuevos mecanismos de cooperación y solidaridad internacional es mucho mejor en cuanto a vidas y mucho más económico en costes que otras soluciones. Reconocemos la complejidad de la situación y de este tipo de medidas, pero seguimos pensando que son las que pueden producir mejores resultados y las que son más acordes con la ética social europea.
Los europeos no podemos mirar para otro lado porque la UE tiene su parte de responsabilidad en el origen de la situación:apoyó –incluso militarmente– la caída de regímenes autoritarios en la “primavera árabe”, pero no sostuvo criterios claros a la hora de promover la conformación de sociedades democráticas; como consecuencia, Libia o Siria se han convertido en estados fallidos y en esa desestructuración ha emergido
Daesh (“Estado Islámico”) que, con sus genocidios, es causa directa de esa inmigración
desesperada.
Las muertes en el Mediterráneo tienen que ser para los europeos más que una trágica y sobrecogedora noticia en nuestros medios de comunicación.Porque cada una de esas muertes es un recordatorio a nuestras conciencias de la responsabilidad que tenemos sobre el mundo que estamos construyendo; una parte del problema radica en que nuestra opulenta riqueza se convierte en inhumana injusticia hacia miles de millones de personas.
Desde una perspectiva cristiana, eso es el resultado de nuestro pecado de codicia, y sin reconocer y enmendar nuestra responsabilidad tan solo caminamos como sociedad hacia un juicio seguro:’Oíd esto, los que explotáis a los menesterosos y arruináis a los pobres  de la tierra: nunca me olvidaré de ninguna de vuestras obras. No temblará por esto la tierra, y hará duelo todo aquel que habita en ella?. Llegará el día -dice el Señor Dios- que cambiaré vuestras fiestas en llanto y vuestros cantos en lamento ‘(Oseas 8)
Jaume Llenas
Secretario general

SUO 2015: La Oración del Señor Jesucristo

La plegaria es el mandamiento de Dios a su pueblo con el fin de que le lleve a El todos sus anhelos (2 Crónicas 7:14). Jesús siguió y enseñó la práctica de la oración (Marcos 6:46; Lucas 6:12; Lucas 11:1). La oración es una de las prácticas a las que la iglesia primitiva se dedicó fervientemente (Hechos 2:42). Para vivir y actuar según la voluntad de Dios, necesitamos comunicarnos con nuestro Padre celestial. Varios acontecimientos ocurridos en los últimos tiempos nos mueven a poner en práctica esta instrucción, como dijo el Señor mismo: «Estén siempre vigilantes y oren para que puedan escapar de todo lo que está por suceder, y presentarse delante del Hijo del Hombre». Lucas 21:36. La oración del Señor es un ejemplo totalmente pleno que abarca todos nuestros deseos y estamos encantados de utilizarla como inspiración para estos días de plegaria. Juan Calvino, uno de los reformadores, describió la oración como el medio básico de la fe por el cual un cristiano recibe diariamente las bendiciones de Dios.

Para más información: http://protestantedigital.com/internacional/35081/semana_de_oracion_en_toda_Europa

SUO: Evangélicos oraron por los desafíos actuales en toda Europa

La semana de oración ayudó a “construir relaciones” entre las comunidades cristianas y buscar una “cooperación local continua”. Impresiones desde República Checa, Italia y España.

En cientos de ciudades de todo el mundo se unieron creyentes de diferentes iglesias evangélicas para empezar el 2015 en oración.

La Semana Universal de Oración de este año (del 12 al 18 de enero) se centró en la Oración de Jesús de Mateo 6, siguiendo un guía preparada por la Asociación de Evangélicos en África (la alianza evangélica en África). Los creyentes en Europa también oraron por respuestas para la crisis financiera y la corrupción, así como por futuras iniciativas evangelísticas.

Es uno de los principales eventos que consiguen unir a evangélicos de diferentes denominaciones en la mayoría de países europeos. Los creyentes visitan otras iglesias, oran con otros cristianos a los que no conocían y se comprometen juntos en futuras iniciativas para alcanzar sus ciudades con el evangelio. Los líderes de las alianzas evangélicas de República Checa, España e Italia comparten sus impresiones desde la perspectiva de su país.

PREGUNTA. ¿Qué destacarías de los encuentros de la última semana en tu país?

Jiri Unger, República Checa: Este año hemos producido nuestros propios materiales y nuestra guía de oración y el tema principal estaba tomado de Isaías 61:11, “Jehová el Señor hará brotar justicia y alabanza”. Las iglesias organizaron reuniones de oración por todo el país y oraron por temas relacionados con la justicia. Oraron por los policías y sus familias, el sistema judicial y la justicia, pero también contra la corrupción, la trata de personas y el comercio sexual. Un día estuvo centrado en las oraciones y la intercesión por las víctimas de delitos, pero también por los delincuentes y los prisioneros, los capellanes de prisiones y el ministerio y la integración de los exconvictos. Toda la semana de oración destacó lo que significa ser seguidor y discípulo del Dios de justicia y rectitud.

Jaume Llenas, España: Este es uno de los eventos más importantes para la iglesia y lo ha sido desde 1877. Fue el primer evento unido de las iglesias evangélicas de España y sigue siendo uno de los que tienen más asistencia en sus muchas versiones y maneras de celebrarlo.

Stefano Bogliolo, Italia: La Semana de Oración es una oportunidad única para que las iglesias y los creyentes individuales se reúnan para orar. Cada vez la descubren más iglesias y tiene un gran potencial, aunque todavía queda mucho trabajo para que otros hagan lo mismo. Guía de oración de la Alianza Evangélica de República Checa.

PREGUNTA. ¿Por qué la oración une a la gente?

J. L., España: Probablemente porque nos centramos en Dios en vez de en nosotros. Cuando oramos vemos lo poderoso que es Él y lo necesitados que estamos.

S. B., Italia: La invocación de la oración de Jesús dice “Padre nuestro”. Así que en el centro mismo de la oración hay un reconocimiento descomunal de que Dios es nuestro padre. Por lo tanto, la oración es un acto de la comunidad cristiana.

J. U., República Checa: La Semana de Oración es una oportunidad única para empezar un nuevo año en oración junto a creyentes de otras denominaciones. En muchos lugares las iglesias invitan a un predicador de una congregación y una denominación diferentes para que lidere los servicios de oración en la congregación anfitriona y de este modos los cristianos construyen relaciones y alcanzan a conocerse mejor entre sí. En muchos lugares esta Semana de Oración es la base para la cooperación continua de las iglesias locales.

PREGUNTA. ¿Por qué temas de vuestro contexto nacional específico habéis estado orando?

S. B., Italia: Aparte de los temas que se sugerían en el programa, las iglesias oramos por la situación internacional por la que está pasando Europa (como la crisis económica, las amenazas del islam) y el deseo de ser testigos vivos del evangelio en una nación necesitada.

J. L., España: Los temas específicos han sido el Festival de la Esperanza, en Barcelona este mayo, un evento evangelístico preparado por las iglesias junto a la Asociación Evangelística Billy Graham.

J. U., República Checa: Aparte de los temas ya mencionados, destacaría las oraciones por el pueblo gitano, que son el grupo más vulnerable en lo respecta a racismo, discriminación, desempleo, drogadicción, etc. Los bendecimos y también oramos por sus líderes, sus iglesias y los predicadores. También oramos por la gente en situación de pobreza material y relacional: personas sin techo, enfermos de SIDA, prostitutas, delincuentes y sus familias, los niños al cuidado de instituciones, orfanatos, refugios, víctimas de violencia doméstica, etc.
Leer más: http://protestantedigital.com/internacional/35081/semana_de_oracion_en_toda_Europa

La visita del Geoff Tunnicliffe, secretario de la WEA al Papa

El papa Francisco y el Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad Cristiana han recibido este pasado jueves en el Vaticano a diferentes cargos de la Alianza Evangélica Mundial (WEA, por sus siglas en inglés) entre quienes se encontraba Geoff Tunnicliffe (secretario general de la WEA), en una reunión en la que se discutieron temas de preocupación común. A raíz de este encuentro, y las declaraciones realizadas por sus protagonistas, como Alianza Evangélica Española (AEE) deseamos exponer:
Lavisita de Geoff Tunnicliffe al Papaha sido una iniciativa personal y no obedece a una decisión previamente debatida, consensuada y articulada en el conjunto de la WEA. Por esta misma naturaleza privada, dicha visita nos parece respetable, perono tiene para la Alianza Evangélica Española ningún carácter vinculante. No nos sentimos representados con la visita ni identificados con el discurso público posterior que contiene algunos aspectos altamente cuestionables como evangélicos.
Apoyamosy reconocemos la utilidad de encuentros entre miembros relevantes de diversas instituciones para compartir cuestiones de interés, colaborar en la defensa de los Derechos Humanos y luchar contra problemas como la pobreza, la injusticia social, la corrupción, la violencia o la persecución religiosa.Como evangélicos apoyamos las iniciativas de cobeligerancia a favor de un mundo más justo y libre.Sin embargo, fundamentar sobre este espíritu de colaboración la propuesta de‘un nuevo nivel de discusión pública sobre nuestras creencias fundamentales’, proponer que la Alianza Evangélica Mundial‘haga de tal colaboración una alta prioridad’, o unir tales encuentros a‘la plena obediencia a la misión que Dios ha confiado a la Iglesia’, es algo con lo que no podemos coincidir desde la AEE.
Discrepamosde esta propuestas del Sr. Tunnicliffe porque

nuestras divergencias con la I.C. R. no son meras‘diferencias entre nuestras tradiciones’(como expresó él mismo), ni de‘aclarar malentendidos y superar prejuicios’(como lo hizo el Papa en su discurso de respuesta), sino algo de mucho mayor calado doctrinal y eclesiológico.
No es útil apelar a una terminología espiritual equívoca que sugiere que todos tenemos el mismo Espíritu por el simple hecho de llevar el nombre de cristianos. La Escritura es clara al respecto: “Si alguno no tiene el Espíritu de Cristo, no es de él” (1).
Por supuesto, no nos compete a nosotros emitir juicios de valor sobre este asunto. Dios es el único que sabe quién tiene el Espíritu de Dios y quién no, pero como evangélicos creemos firmementeque el ser cristiano depende de una decisión personal y no de la pertenencia a una institución religiosa. Por esta misma razón no tenemos ninguna duda de que dentro la Iglesia Católico Romana hay personas que son hijos de Dios.
Creemos que el problema fundamental para llegar a la unidad con la I. C. R no es la falta de diálogo –un asunto de formas- sino la distancia doctrinal acumulada con el paso de los siglos. No es un problema de continente, sino de contenido.La I.C.R. ha despojado a la Biblia de su autoridad, equiparándola y supeditándola a mandamientos de hombres. Igualmente ha erosionado el Señorío de Cristo añadiendo otros mediadores entre Dios y los hombres. Por tanto, no es como institución la Iglesia de Cristo.
La posiciónde la AEE no descansa en malentendidos ni prejuicios históricos, aunque sean miles los evangélicos españoles -todavía vivos- que han sufrido en sus propias carnes la discriminación, la estigmatización social y hasta la persecución literal a causa de su fe por parte de la institución Católico-Romana.Nuestra posición se afirma en una conciencia Cristo-céntrica y bíblica que no nos permite contemplar la unidad del cuerpo de Cristo como algo dependiente del diálogo entre instituciones,sean la WEA, la Iglesia de Roma o el Patriarcado ortodoxo, sino de la visibilización y reconocimiento mutuo de los hijos de Dios. La Iglesia de Cristo es única y está conformada por todos los hijos de Dios nacidos de nuevo, no la definen los acuerdos entre las instituciones o sus dirigentes, no es una institución sino un organismo vivo.
Nuestro compromiso último es con las Escrituras como suprema autoridad y con la suficiencia salvífica de la gracia de Cristo. Para nosotros, la base imprescindible de cualquier diálogo sigue siendo el lema de la Reforma, magistralmente resumido en una triple columna:Sola Scriptura, Sola Gratia y Sola Fide.
(1) Rom 8:9
Amable Morales                                                  Jaume Llenas
Presidente                                                          Secretario general
____________________________________________________________________________
Documento redactado por el Equipo de Acreditación de la AEE:
Amable Morales, Francisca Capa, Francisco Mira, Jaume Llenas, José de Segovia, X. Manuel Suárez, Pablo Martínez Vila, Pedro Tarquis
Descargar documento

Encuentro de Tunnicliffe y el Papa Francisco

El papa Francisco y el Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad Cristiana han recibido este pasado jueves en el Vaticano a diferentes cargos de la Alianza Evangélica Mundial (WEA, por sus siglas en inglés) entre quienes se encontraba Geoff Tunnicliffe (secretario general de la WEA), en una reunión en la que se discutieron temas de preocupación común. A raíz de este encuentro, y las declaraciones realizadas por sus protagonistas, como Alianza Evangélica Española (AEE) deseamos exponer:

La visita de Geoff Tunnicliffe al Papa ha sido una iniciativa personal y no obedece a una decisión previamente debatida, consensuada y articulada en el conjunto de la WEA. Por esta misma naturaleza privada, dicha visita nos parece respetable, pero no tiene para la Alianza Evangélica Española ningún carácter vinculante. No nos sentimos representados con la visita ni identificados con el discurso público posterior que contiene algunos aspectos altamente cuestionables como evangélicos.

Apoyamos y reconocemos la utilidad de encuentros entre miembros relevantes de diversas instituciones para compartir cuestiones de interés, colaborar en la defensa de los Derechos

Humanos y luchar contra problemas como la pobreza, la injusticia social, la corrupción, la violencia o la persecución religiosa. Como evangélicos apoyamos  las iniciativas de cobeligerancia a favor de un mundo más justo y libre. Sin embargo, fundamentar sobre este espíritu de colaboración la propuesta de  ‘un nuevo nivel de discusión pública sobre nuestras creencias fundamentales’, proponer que la Alianza Evangélica Mundial ‘haga de tal colaboración una alta prioridad’, o unir  tales encuentros a ‘la plena obediencia a la misión que Dios ha confiado a la Iglesia’, es algo con lo que no podemos coincidir desde la AEE.

Discrepamos de esta propuestas del Sr. Tunnicliffe porque nuestras divergencias con la I.C. R. no son meras ‘diferencias entre nuestras tradiciones’ (como expresó él mismo), ni de ‘aclarar malentendidos y superar prejuicios’ (como lo hizo el Papa en su discurso de respuesta), sino algo de mucho mayor calado doctrinal y eclesiológico.

No es útil apelar a una terminología espiritual equívoca que sugiere que todos tenemos el mismo Espíritu por el simple hecho de llevar el nombre de cristianos. La Escritura es clara al respecto: “Si alguno no tiene el Espíritu de Cristo, no es de él”¹.

Por supuesto, no nos compete a nosotros emitir juicios de valor sobre este asunto. Dios es el único que sabe quién tiene el Espíritu de Dios y quién no, pero  como evangélicos creemos firmemente que el ser cristiano depende de una decisión personal y no de la pertenencia a una institución religiosa. Por esta misma razón no tenemos ninguna duda de que dentro la Iglesia Católico Romana hay personas que son hijos de Dios.

Creemos que el problema fundamental para llegar a la unidad con la I. C. R  no es la falta de diálogo –un asunto de formas- sino la distancia doctrinal acumulada con el paso de los siglos. No es un problema de continente, sino de contenido. La I.C.R. ha despojado a la Biblia de su autoridad,

equiparándola y supeditándola a mandamientos de hombres.  Igualmente  ha erosionado el Señorío de Cristo añadiendo otros mediadores entre Dios y los hombres. . Por tanto, no es como institución la Iglesia de Cristo.

La posición de la AEE no descansa en malentendidos ni prejuicios históricos, aunque sean miles los evangélicos españoles -todavía vivos- que han sufrido en sus propias carnes la discriminación, la estigmatización social y hasta la persecución literal a causa de su fe por parte de la institución Católico-Romana. Nuestra posición se afirma en una conciencia Cristo-céntrica y bíblica que no nos permite contemplar la unidad del cuerpo de Cristo como algo dependiente del diálogo entre instituciones, sean la WEA, la Iglesia de Roma o el Patriarcado ortodoxo, sino de la visibilización y reconocimiento mutuo de los hijos de Dios. La Iglesia de Cristo es única y está conformada por todos los hijos de Dios nacidos de nuevo, no la definen los acuerdos entre las instituciones o sus dirigentes, no es una institución sino un organismo vivo.

Nuestro compromiso último es con las Escrituras como suprema autoridad y con la suficiencia salvífica de la gracia de Cristo. Para nosotros la base imprescindible de cualquier diálogo sigue siendo el lema de la Reforma, magistralmente resumido en una triple columna: Sola Scriptura, Sola Gratia y Sola Fide.

 

Equipo de Autorización

______________________________________________________________________

1 Rom 8:9

Proposición de ley Derechos de las personas LGTB en Cataluña

Análisis y Conclusiones
I.- ANÁLISIS
La proposición de ley de derechos de las personas gays, lesbianas, transexuales y por la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia en Cataluña se presenta como un instrumento de protección de una minoría cuyos derechos se ven amenazados. Hay que plantearse antes si realmente existe esa amenaza hoy en día;el preámbulo de la ley muestra una inconsistente y contradictoria argumentacióncuando dice que “las estadísticas de los últimos años demuestran la conveniencia de actuar”, para luego reconocer que “en la actualidad faltan datos e indicadores”, pero inmediatamente aventura sin pruebas que “todo lleva a pensar que los casos reales son muy superiores a los que nos muestran las estadísticas”.
La exposición de motivos de la ley presenta una manipulación argumental que pretende justificar algo innecesario: en realidad,cualquier colectivo discriminado debería ser protegido sin necesidad de tener que recurrir a la estadística.
Tampoco nosotros disponemos de esos datos, perola realidad que se percibe es que el colectivo LGTB es una minoría privilegiada en sus derechos y en la imagen pública que de ella se proyecta(así, no hay serie televisiva que no incluya un personaje gay o lesbiana entre sus protagonistas, con un perfil que genera una corriente de simpatía). Como consecuencia de la presión social y política del lobby LGTB, haymás bien la percepción de que se trata de una minoría promocionada sobre cuya conducta nadie se atreve a opinar, a diferencia de otros colectivos. El miedo a ser acusado de homofobia coarta sistemáticamente la libertad de opiniónen todos los entornos.
La ley busca “fomentar en la ciudadanía en general valores de igualdad, respeto y tolerancia”. La realidad es queamenaza la igualdad y fomenta la intolerancia: así, por ejemplo, establece privilegios en el entorno educativo, laboral, sanitario o familiar, y promueve el control ideológico en los medios y promulga criterios de sanción que dan lugar a la arbitrariedad.
Privilegia al colectivo LGTB cuando promueve su “visibilidad, participación y representación, así como su realidad y sus necesidades específicas tanto en el ámbito público como del privado.” (art. 6.d).La visibilidad de un colectivo y su representación deben ser la consecuencia de la libre expresión de la sociedad civil, no de la presión selectiva de la administración.Las necesidades del colectivo LGTB no son mayores que las de cualquier otro colectivo, a no ser que entendamos que sufren algún tipo de discapacidad o limitación.Extender además esta parcialidad al entorno privado supone una interferencia inadmisible de la administración(art.5, 6.d, 6.j, 15, 20.b entre otros).
Ese tratamiento privilegiado se muestra igualmente cuando define como discriminación indirecta cualquier actividad o decisión en principio neutra, pero que “pueda ocasionar a personas LGBT una desventaja particular” (art. 4.d). Lo mismo sucede cuando habla de un entorno “molesto” para este colectivo: da esto pie a toda subjetividad y a la arbitrariedad en la interpretación;los protestantes hemos vivido en entornos en los que nos sentimos molestos, y no reclamamos que la ley nos lo resuelva, porque esto requiere un cambio de mentalidad,no la imposición coercitiva de la ley.
Requiere que los funcionarios adquieran una formación específica en relación con los LGTB (art. 6.h, 18.b y 20.f), con lo que contradice el concepto de normalización a todos los efectos. Esta formación específica sólo podría tener alguna justificación si se tratase de personas con alguna limitación o discapacidad, y no es este el caso.
Cuando promueve “líneas de apoyo a favor de iniciativas del mundo asociativo, privado e institucional” para este colectivo, lo está privilegiando con respecto al resto de la sociedad, con lo querompe con el principio básico de que todos somos iguales ante la ley. La homosexualidad no es una cualidad superior a la heterosexualidad y la administración no debe primarla, y mucho menos extender esta parcialidad con recursos públicos a la actividad privada.
Modular lacontratación públicaen función del trato a los LGTB (art. 6.k)supone una interferencia ideológica en algo que debe mantener libertad de acceso, transparencia eigualdad de trato(1).
Crear un específico Consejo Nacional de LGTB y un órgano rector de las políticas LGBT (art. 8 y 9) con amplia influencia sobre todos los departamentos de la Generalitat –con su correspondiente gasto presupuestario– implica concederle al colectivo unarelevancia políticadifícil de explicar, especialmente en comparación con otros colectivos claramente más desfavorecidos.
El art. 12 manipula el uso del concepto de coeducación para justificar la obligatoria introducción en el curriculum educativo deladoctrinamiento en una forma específica de entender la sexualidad; se llega a imponer que se recoja en el Proyecto Educativo de Centro (PEC) y del Plan de Acción Tutorial (PAT). Se estipula el seguimiento específico de la situación de los LGTB en las aulas, algo que no se realiza con ningún otro colectivo.
Traslada la imposición del ideario LGTB a la Universidad, promoviendo la implantación de asignaturas específicas y materias transversales. Emula así los tiempos de la dictaduracon la presencia en la Universidad de la Religión y la Formación del Espíritu Nacional.
Es difícil de comprender que la Generalitat promueva competiciones deportivas que incorporen la temática LGTB (art. 14), una muestra deinterferencia de ideología y política con el deporteque nos retrotrae otra vez a las manifestaciones gimnástico-deportivas franquistas de la Sección Femenina y del 1º de mayo en el Santiago Bernabeu. Menos se comprende que las publicaciones con contenido LGBT condicionen específicamente elcriterio de selección de publicacionesque se hará llegar a las bibliotecas públicas y al movimiento asociativo juvenil; no es compatible con la imparcialidad ideológica y de pensamiento que debe regir esa selección.Nuestras publicaciones protestantes han sido censuradasy siguen ausentes de estas entidades; reclamamos igualdad de trato al respecto,pero jamás exigiremos un trato privilegiado.
Establece medidas coercitivas más o menos declaradas sobre los medios de comunicación(art. 15), que van desde recomendaciones (una forma sutil de censura previa) hasta fomentar explícitamente la inclusión de la temática LGTB. Estas medidas van en ladirección contraria de la independencia de los medios y la libertad de prensa.
Se recogerán y seguirán periódicamente las informaciones con tratamiento contrario a la diversidad sexual y se informará al Parlament y al Consejo Nacional de LGTB. Se establecerá de esta manera un control sectario de la libertad de opinión: así,será perseguido creer, argumentar y manifestar en los medios que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer o que la Biblia condena la práctica homosexual.De hecho, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31, leer determinados pasajes de la Biblia en público podría llegar a ser considerado como una infracción grave o muy grave.
El sistema sanitario catalán deberá “incorporar la perspectiva de género”; para garantizar la cobertura sanitaria universal no es necesario recurrir a esta expresión tantas veces reiterada: sencillamente hay que cubrir el servicio y dotarlo responsablemente. Pero cuando habla de las “necesidades específicas de las personas LGBT” introduce el tratamiento quirúrgico y hormonal de los transexuales, transgéneros e intersexuales. Hay que decir que unaintervención quirúrgica de cambio de sexo cuesta más de 20.000€, a lo que hay que añadir el coste del tratamiento hormonal de por vida y las posibles reintervenciones posteriores de cirugía estética. Los recursos de la sanidad pública no son ilimitados (el cierre de servicios
de atención continuada en Cataluña lo pone de manifiesto) y la mayoría de la sociedad catalana no acepta quenecesidades sanitarias más vitales dejen de ser atendidaspor desviar presupuesto a ese tipo de tratamientos.
El anteproyecto garantiza la participación de LGTB en las políticas de salud sexual, privilegio que se niega a otros colectivos. No quedan claras las razones por las cuales, dentro de una ley que pretende la normalización y no discriminación, se privilegia a un grupo social que incluye a hombres y mujeres que tienen formas de enfermar comunes al resto de las personas. Cuestión diferente es que se considere que estilos de vida, como el del colectivo que nos ocupa, pueden ser generadores de riesgos para la propia salud; de ser así, esta cuestión debe ser incluida dentro de las campañas de prevención de las enfermedades que esos estilos de vida puedan ocasionar, tal y como sucede con el tabaquismo, el sedentarismo y otros factores de riesgo.
Propone “eliminar los sesgos de género a la hora de determinar políticas de investigación, garantizando especialmente el estudio y el desarrollo de políticas sanitarias específicas del colectivo LGBT, especialmente de las lesbianas y las personas transexuales” (art. 16.e). Este planteamiento genera más problemas que los que resuelve, especialmente porque, en la actualidad, las recomendaciones en materia de investigación incluyen incorporar la perspectiva de género, con la finalidad de abrir la puerta a la participación, sobre todo en ensayos clínicos, a mujeres. Más allá de la orientación sexual, existe una realidad biológica en la que se apoyan los estudios y ensayos que no pueden ser obviados, ya que condicionan la eficacia de los hallazgos de investigación.

Pretende actuar sobre los colegios de médicos para impedir terapias que no se deben considerar lícitas (art. 16.f). El Código Deontológico ya lo tiene garantizado, pero esta redacción implica una

interferencia de la administración primando el criterio administrativo sobre el clínico a la hora de valorar lalicitudde una terapia determinada.
Promueve la discriminación positiva de los LGTB en la contratación pública y privaday en su inserción laboral (art. 20 y 22). Para acogerse a esta ventaja no se precisa ningún diagnóstico médico: basta con la manifestación de la persona interesada. Es un privilegio que en las sociedades democráticas sólo se justifica para las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión laboral. Supone unadiscriminación frente a un padre de familia heterosexual en paro; en contraste, la realidad constatada es que el colectivo LGTB tiene en general un poder adquisitivo elevado (2).Primar así arbitrariamente a un colectivo es antidemocrático, pero es hiriente en un entorno laboral como el actual.
Garantizar técnicas de reproducción asistida a las lesbianas o igualar el acceso a la adopción (art. 21)implica que lo más importante son los intereses de la pareja, no los del niño, y hay estudios que muestran que los niños criados en una familia con padre y madre tienen mejores oportunidades de desarrollo personal.
Se garantiza a los LGBT en riesgo de sufrir cualquier violencia el derecho a recibir de manera inmediata una protección integral, real y efectiva (art. 24).Esa protección es un derecho universal, cuya efectiva aplicación se encuentra regulada en diversas normas actualmente en vigor, por lo que no procede establecer un sistema específico que proteja más a ese colectivo que al resto de la población, ya que supondría una discriminación antidemocrática.
Considera nulas –y amenaza con dar lugar a responsabilidad– las cláusulas de contratos que causen discriminación por razón de orientación sexual (art. 25).Atenta así contra el derecho de entidades con código ético definido a hacerlo efectivoen actuaciones como contratación de personal, adjudicación de responsabilidades, etc.
A la hora de decidir a qué países conceder ayudas para el desarrollo, la Generalitat tendrá en cuenta el respeto a los derechos de los LGBT (art. 27).La Generalitat pierde autoridad moral cuandoaplica este criterio de forma selectiva a los LGTB y loignora a la hora de defender a los ciudadanos que son masacrados a cientos en sus países por su fe o por su ideología.
Se considera infracción leve “emitir mensajes subliminales que inciten a la homofobia” (art. 31.1.b). Nos parece correcto el principio, pero no laindefinición de “mensajes subliminales”, que se presta a lainterpretación arbitraria. Lo mismo sucede con el “comportamiento verbal que denote homofobia” (art. 31.1.c). Este mismo riesgo de arbitrariedad lo fomenta la ley cuando señala que se podrá aducir discriminación incluso a partir de presuntas pruebas meramente estadísticas o cualitativas (art. 4.d).
Se consideran infracciones graves los escritos, publicaciones o contenidos públicos que tengan connotaciones homofóbicas o transfóbicas (art. 31.2.i) y muy graves los contenidos homofóbicos, lesbofóbicos o transfóbicos en mensajes o discursos públicos y en su emisión (art. 32.3.d). El proyecto deley no define estos conceptos ni distingue entre respeto a las personas y libre concurrencia de ideas, algo fundamental para la salud democrática: Se debe exigir respeto a las personas; se debe exigir con la misma firmeza respeto a la libertad de opinión, a la libre evaluación de ideas y conductas y a su expresión pública; la administración debe velar por la salvaguarda de ambas y abstenerse de penalizar estas últimas,
no debe ser salvaguarda de unos posicionamientos ideológicos frente a otros.
Se propone elaborar periódicamente estadísticas relativas entre otras a resoluciones administrativas de idoneidad para adoptar, distinguiendo entre parejas de diferente sexo y LGBT (art. 34.e). Las citadas resoluciones tienen un valor limitado para evaluar la situación de discrIminación o ausencia de ella del colectivo LGTB, pues las entidades competentes deben incluir otros muchos criterios a la hora de decidir la idoneidad de una pareja para adoptar; plantear este criterio como elemento de revisión estadística apunta a unainaceptable presión política sobre los órganos de decisión para que faciliten la adopción a los LGTB.
En su afán privilegiador, la normativa citada no sólo reprueba las acciones que considera contrarias a sus objetivos, sino también “el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas”(art. 4.g), lo que revela una actitud impositiva sólo justificable cuando se trata de derechos fundamentales. Lo cierto es que los LGTB tienen garantizada por ley y en la práctica estos derechos; no es necesario primarlos más que a los demás.
II.- CONCLUSIONES:
La ley analizadase presenta como innovadora, pero supone un retroceso en las libertades cívicas y una amenaza a la democracia. Confunde derechos con privilegios y hace incompatible el democrático respeto a las personas con el igualmente democrático derecho a la concurrencia de ideas y a su libre expresión.Exige un trato específicamente ventajoso para los LGTB en detrimento de derechos fundamentales de los demás.
El art. 27.b postula “establecer una comunicación estable con el conjunto de representantes de las creencias religiosas que conviven en Cataluña”. Los protestantes, desde la Alianza Evangélica Española, no reclamamos ningún trato especial a la hora de ser consultados en el desarrollo de esta ley, sino el mismo que el resto de colectivos y ciudadanos. Es en este sentido que presentamos este comunicado ofreciendo a los poderes públicos nuestra perspectiva.
Los protestantes sabemos lo que significa ser minoría perseguida por el poder y por la sociedad civil; se nos han negado derechos inalienables, se ha borrado nuestra memoria, se ha denigrado nuestra identidad, y la democracia aún no ha restaurado todo esto; más aún, en el pasado fuimos estigmatizados por el nacional-catolicismo y en la actualidad, vuelto el péndulo, lo somos por el laicismo dogmatizante. Por esocomprendemos la persecución que muchas personas LGTB han sufrido en el pasado. Pero en contraste, lo que hoy los protestantes reclamamos es igualdad de trato,no pretendemos beneficiarnos del victimismo para obtener nada que no se le conceda a los demás. No es que reclamemos la misma discriminación positiva que los LGTB, sino afirmamos que esos privilegios no se deben reclamar porque menoscaban la igualdad y las libertades de los demás; no son compatibles con democracia.
A los protestantes este proyecto de leyno nos molesta ya porque amenaza nuestra libertad para opinar sobre la conducta sexual y expresarlo en público, en los medios o en nuestras propias iglesias, sino porque amenaza la libertad de todos para esto mismo. No nos molesta porque una minoría tenga más privilegios que nosotros, sino porque es profundamenteantidemocrático que la administración, que a todos nos representa, prime a una minoría, sea la que sea. No nos molesta que el lobby LGTB tenga acceso al poder, sino que haga uso inadecuado de ese poder en beneficio propio y en contra de los demás, y nos molesta quela administración muestre debilidad ante esa presión y vulnere su compromiso de trato igualitariocon todos los ciudadanos.
La democracia, es cierto, no consiste sólo en respetar la voluntad de la mayoría, sino en compatibilizarla con los derechos de las minorías y los derechos inalienables de la persona, pero el anteproyecto analizado, al privilegiar al colectivo LGTB, vulnera derechos de los que no lo son.
Después de años de discriminación contra las personas LGTB, la realidad constatable es que hoy este es un colectivo menos vulnerable que el resto de la sociedad, tanto en respeto a su imagen como a sus derechos cívicos.Una ley como la propuesta, parcial y generadora de privilegios, no es necesaria. Si la Generalitat insiste, por oportunidad política, en sacar una ley de este tipo, deberevisarla para eliminar todo tipo de discriminación positiva para los LGTB que suponga una discriminación negativa para los demás.
El proyecto de ley pretende presentar a Cataluña como un país abierto y progresista. Apoyamos a la Generalitat en ese objetivo, y por eso mismo advertimos que el citado proyecto de ley empuja a Cataluña en la dirección contraria.
(1) Guía sobre contratación pública y competencia. Comisión Nacional de la Competencia. Madrid, 2010.
(2) Sólo en 2013 los turistas LGTB dejaron 450 millones de euros en Barcelona (RAGAP España, 21/06/2014)

Proposición de Ley Derechos de las Personas LGTB en Cataluña. Análisis y Conclusiones

I.- ANÁLISIS

La proposición de ley de derechos de las personas gays, lesbianas, transexuales y por la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia en Cataluña se presenta como un instrumento de protección de una minoría cuyos derechos se ven amenazados. Hay que plantearse antes si realmente existe esa amenaza hoy en día; el preámbulo de la ley muestra una inconsistente y contradictoria argumentación cuando dice que “las estadísticas de los últimos años demuestran la conveniencia de actuar”, para luego reconocer que “en la actualidad faltan datos e indicadores”, pero inmediatamente aventura sin pruebas que “todo lleva a pensar que los casos reales son muy superiores a los que nos muestran las estadísticas”.

La exposición de motivos de la ley presenta una manipulación argumental que pretende justificar algo innecesario: en realidad, cualquier colectivo discriminado debería ser protegido sin necesidad de tener que recurrir a la estadística.

Tampoco nosotros disponemos de esos datos, pero la realidad que se percibe es que el colectivo LGTB es una minoría privilegiada en sus derechos y en la imagen pública que de ella se proyecta (así, no hay serie televisiva que no incluya un personaje gay o lesbiana entre sus protagonistas, con un perfil que genera una corriente de simpatía). Como consecuencia de la presión social y política del lobby LGTB, hay más bien la percepción de que se trata de una minoría promocionada sobre cuya conducta nadie se atreve a opinar, a diferencia de otros colectivos. El miedo a ser acusado de homofobia coarta sistemáticamente la libertad de opinión en todos los entornos.

La ley busca “fomentar en la ciudadanía en general valores de igualdad, respeto y tolerancia”. La realidad es que amenaza la igualdad y fomenta la intolerancia: así, por ejemplo, establece privilegios en el entorno educativo, laboral, sanitario o familiar, y promueve el control ideológico en los medios y promulga criterios de sanción que dan lugar a la arbitrariedad.

Privilegia al colectivo LGTB cuando promueve su “visibilidad, participación y representación, así como su realidad y sus necesidades específicas tanto en el ámbito público como del privado.” (art. 6.d).La visibilidad de un colectivo y su representación deben ser la consecuencia de la libre expresión de la sociedad civil, no de la presión selectiva de la administración. Las necesidades del colectivo LGTB no son mayores que las de cualquier otro colectivo, a no ser que entendamos que sufren algún tipo de discapacidad o limitación. Extender además esta parcialidad al entorno privado supone una interferencia inadmisible de la administración (art.5, 6.d, 6.j, 15, 20.b entre otros).

Ese tratamiento privilegiado se muestra igualmente cuando define como discriminación indirecta cualquier actividad o decisión en principio neutra, pero que “pueda ocasionar a personas LGBT una desventaja particular” (art. 4.d). Lo mismo sucede cuando habla de un entorno “molesto” para este colectivo: da esto pie a toda subjetividad y a la arbitrariedad en la interpretación; los protestantes hemos vivido en entornos en los que nos sentimos molestos, y no reclamamos que la ley nos lo resuelva, porque esto requiere un cambio de mentalidad, no la imposición coercitiva de la ley.

Requiere que los funcionarios adquieran una formación específica en relación con los LGTB (art. 6.h, 18.b y 20.f), con lo que contradice el concepto de normalización a todos los efectos. Esta formación específica sólo podría tener alguna justificación si se tratase de personas con alguna limitación o discapacidad, y no es este el caso.

Cuando promueve “líneas de apoyo a favor de iniciativas del mundo asociativo, privado e institucional” para este colectivo, lo está privilegiando con respecto al resto de la sociedad, con lo que rompe con el principio básico de que todos somos iguales ante la ley. La homosexualidad no es una cualidad superior a la heterosexualidad y la administración no debe primarla, y mucho menos extender esta parcialidad con recursos públicos a la actividad privada.

Modular la contratación pública en función del trato a los LGTB (art. 6.k)supone una interferencia ideológica en algo que debe mantener libertad de acceso, transparencia e igualdad de trato

Crear un específico Consejo Nacional de LGTB y un órgano rector de las políticas LGBT (art. 8 y 9) con amplia influencia sobre todos los departamentos de la Generalitat –con su correspondiente gasto presupuestario– implica concederle al colectivo una relevancia política difícil de explicar, especialmente en comparación con otros colectivos claramente más desfavorecidos.

El art. 12 manipula el uso del concepto de coeducación para justificar la obligatoria introducción en el curriculum educativo del adoctrinamiento en una forma específica de entender la sexualidad; se llega a imponer que se recoja en el Proyecto Educativo de Centro (PEC) y del Plan de Acción Tutorial (PAT). Se estipula el seguimiento específico de la situación de los LGTB en las aulas, algo que no se realiza con ningún otro colectivo.

Traslada la imposición del ideario LGTB a la Universidad, promoviendo la implantación de asignaturas específicas y materias transversales. Emula así los tiempos de la dictadura con la presencia en la Universidad de la Religión y la Formación del Espíritu Nacional.

Es difícil de comprender que la Generalitat promueva competiciones deportivas que incorporen la temática LGTB (art. 14), una muestra de interferencia de ideología y política con el deporte que nos retrotrae otra vez a las manifestaciones gimnástico-deportivas franquistas de la Sección Femenina y del 1º de mayo en el Santiago Bernabeu. Menos se comprende que las publicaciones con contenido LGBT condicionen específicamente el criterio de selección de publicaciones que se hará llegar a las bibliotecas públicas y al movimiento asociativo juvenil; no es compatible con la imparcialidad ideológica y de pensamiento que debe regir esa selección. Nuestras publicaciones protestantes han sido censuradas y siguen ausentes de estas entidades; reclamamos igualdad de trato al respecto, pero jamás exigiremos un trato privilegiado.

Establece medidas coercitivas más o menos declaradas sobre los medios de comunicación (art. 15), que van desde recomendaciones (una forma sutil de censura previa) hasta fomentar explícitamente la inclusión de la temática LGTB. Estas medidas van en la dirección contraria de la independencia de los medios y la libertad de prensa.

Se recogerán y seguirán periódicamente las informaciones con tratamiento contrario a la diversidad sexual y se informará al Parlament y al Consejo Nacional de LGTB. Se establecerá de esta manera un control sectario de la libertad de opinión: así, será perseguido creer, argumentar y manifestar en los medios que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer o que la Biblia condena la práctica homosexual. De hecho, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31, leer determinados pasajes de la Biblia en público podría llegar a ser considerado como una infracción grave o muy grave.

El sistema sanitario catalán deberá “incorporar la perspectiva de género”; para garantizar la cobertura sanitaria universal no es necesario recurrir a esta expresión tantas veces reiterada: sencillamente hay que cubrir el servicio y dotarlo responsablemente. Pero cuando habla de las “necesidades específicas de las personas LGBT” introduce el tratamiento quirúrgico y hormonal de los transexuales, transgéneros e intersexuales. Hay que decir que una intervención quirúrgica de cambio de sexo cuesta más de 20.000€, a lo que hay que añadir el coste del tratamiento hormonal de por vida y las posibles reintervenciones posteriores de cirugía estética. Los recursos de la sanidad pública no son ilimitados (el cierre de servicios de atención continuada en Cataluña lo pone de manifiesto) y la mayoría de la sociedad catalana no acepta que necesidades sanitarias más vitales dejen de ser atendidas por desviar presupuesto a ese tipo de tratamientos.

El anteproyecto garantiza la participación de LGTB en las políticas de salud sexual, privilegio que se niega a otros colectivos. No quedan claras las razones por las cuales, dentro de una ley que pretende la normalización y no discriminación, se privilegia a un grupo social que incluye a hombres y mujeres que tienen formas de enfermar comunes al resto de las personas. Cuestión diferente es que se considere que estilos de vida, como el del colectivo que nos ocupa, pueden ser generadores de riesgos para la propia salud; de ser así, esta cuestión debe ser incluida dentro de las campañas de prevención de las enfermedades que esos estilos de vida puedan ocasionar, tal y como sucede con el tabaquismo, el sedentarismo y otros factores de riesgo.

Propone “eliminar los sesgos de género a la hora de determinar políticas de investigación, garantizando especialmente el estudio y el desarrollo de políticas sanitarias específicas del colectivo LGBT, especialmente de las lesbianas y las personas transexuales” (art. 16.e). Este planteamiento genera más problemas que los que resuelve, especialmente porque, en la actualidad, las recomendaciones en materia de investigación incluyen incorporar la perspectiva de género, con la finalidad de abrir la puerta a la participación, sobre todo en ensayos clínicos, a mujeres. Más allá de la orientación sexual, existe una realidad biológica en la que se apoyan los estudios y ensayos que no pueden ser obviados, ya que condicionan la eficacia de los hallazgos de investigación.

Pretende actuar sobre los colegios de médicos para impedir terapias que no se deben considerar lícitas (art. 16.f). El Código Deontológico ya lo tiene garantizado, pero esta redacción implica una interferencia de la administración primando el criterio administrativo sobre el clínico a la hora de valorar la licitud de una terapia determinada.

Promueve la discriminación positiva de los LGTB en la contratación pública y privada y en su inserción laboral (art. 20 y 22). Para acogerse a esta ventaja no se precisa ningún diagnóstico médico: basta con la manifestación de la persona interesada. Es un privilegio que en las sociedades democráticas sólo se justifica para las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión laboral. Supone una discriminación frente a un padre de familia heterosexual en paro; en contraste, la realidad constatada es que el colectivo LGTB tiene en general un poder adquisitivo elevado(2). Primar así arbitrariamente a un colectivo es antidemocrático, pero es hiriente en un entorno laboral como el actual.

Garantizar técnicas de reproducción asistida a las lesbianas o igualar el acceso a la adopción (art. 21) implica que lo más importante son los intereses de la pareja, no los del niño, y hay estudios que muestran que los niños criados en una familia con padre y madre tienen mejores oportunidades de desarrollo personal.

Se garantiza a los LGBT en riesgo de sufrir cualquier violencia el derecho a recibir de manera inmediata una protección integral, real y efectiva (art. 24). Esa protección es un derecho universal, cuya efectiva aplicación se encuentra regulada en diversas normas actualmente en vigor, por lo que no procede establecer un sistema específico que proteja más a ese colectivo que al resto de la población, ya que supondría una discriminación antidemocrática.

Considera nulas –y amenaza con dar lugar a responsabilidad– las cláusulas de contratos que causen discriminación por razón de orientación sexual (art. 25). Atenta así contra el derecho de entidades con código ético definido a hacerlo efectivo en actuaciones como contratación de personal, adjudicación de responsabilidades, etc.

A la hora de decidir a qué países conceder ayudas para el desarrollo, la Generalitat tendrá en cuenta el respeto a los derechos de los LGBT (art. 27). La Generalitat pierde autoridad moral cuando aplica este criterio de forma selectiva a los LGTB y lo ignora a la hora de defender a los ciudadanos que son masacrados a cientos en sus países por su fe o por su ideología.

Se considera infracción leve “emitir mensajes subliminales que inciten a la homofobia” (art. 31.1.b). Nos parece correcto el principio, pero no la indefinición de “mensajes subliminales”, que se presta a la interpretación arbitraria. Lo mismo sucede con el “comportamiento verbal que denote homofobia” (art. 31.1.c). Este mismo riesgo de arbitrariedad lo fomenta la ley cuando señala que se podrá aducir discriminación incluso a partir de presuntas pruebas meramente estadísticas o cualitativas (art. 4.d).

Se consideran infracciones graves los escritos, publicaciones o contenidos públicos que tengan connotaciones homofóbicas o transfóbicas (art. 31.2.i) y muy graves los contenidos homofóbicos, lesbofóbicos o transfóbicos en mensajes o discursos públicos y en su emisión (art. 32.3.d). El proyecto de ley no define estos conceptos ni distingue entre respeto a las personas y libre concurrencia de ideas, algo fundamental para la salud democrática: Se debe exigir respeto a las personas; se debe exigir con la misma firmeza respeto a la libertad de opinión, a la libre evaluación de ideas y conductas y a su expresión pública; la administración debe velar por la salvaguarda de ambas y abstenerse de penalizar estas últimas, no debe ser salvaguarda de unos posicionamientos ideológicos frente a otros.

Se propone elaborar periódicamente estadísticas relativas entre otras a resoluciones administrativas de idoneidad para adoptar, distinguiendo entre parejas de diferente sexo y LGBT (art. 34.e). Las citadas resoluciones tienen un valor limitado para evaluar la situación de discrIminación o ausencia de ella del colectivo LGTB, pues las entidades competentes deben incluir otros muchos criterios a la hora de decidir la idoneidad de una pareja para adoptar; plantear este criterio como elemento de revisión estadística apunta a una inaceptable presión política sobre los órganos de decisión para que faciliten la adopción a los LGTB.

En su afán privilegiador, la normativa citada no sólo reprueba las acciones que considera contrarias a sus objetivos, sino también “el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas” (art. 4.g), lo que revela una actitud impositiva sólo justificable cuando se trata de derechos fundamentales. Lo cierto es que los LGTB tienen garantizada por ley y en la práctica estos derechos; no es necesario primarlos más que a los demás.

II.- CONCLUSIONES: 

La ley analizada se presenta como innovadora, pero supone un retroceso en las libertades cívicas y una amenaza a la democracia. Confunde derechos con privilegios y hace incompatible el democrático respeto a las personas con el igualmente democrático derecho a la concurrencia de ideas y a su libre expresión. Exige un trato específicamente ventajoso para los LGTB en detrimento de derechos fundamentales de los demás.

El art. 27.b postula “establecer una comunicación estable con el conjunto de representantes de las creencias religiosas que conviven en Cataluña”. Los protestantes, desde la Alianza Evangélica Española, no reclamamos ningún trato especial a la hora de ser consultados en el desarrollo de esta ley, sino el mismo que el resto de colectivos y ciudadanos. Es en este sentido que presentamos este comunicado ofreciendo a los poderes públicos nuestra perspectiva.

Los protestantes sabemos lo que significa ser minoría perseguida por el poder y por la sociedad civil; se nos han negado derechos inalienables, se ha borrado nuestra memoria, se ha denigrado nuestra identidad, y la democracia aún no ha restaurado todo esto; más aún, en el pasado fuimos estigmatizados por el nacional-catolicismo y en la actualidad, vuelto el péndulo, lo somos por el laicismo dogmatizante. Por eso comprendemos la persecución que muchas personas LGTB han sufrido en el pasado. Pero en contraste, lo que hoy los protestantes reclamamos es igualdad de trato, no pretendemos beneficiarnos del victimismo para obtener nada que no se le conceda a los demás.No es que reclamemos la misma discriminación positiva que los LGTB, sino afirmamos que esos privilegios no se deben reclamar porque menoscaban la igualdad y las libertades de los demás; no son compatibles con democracia.

 

A los protestantes este proyecto de ley no nos molesta ya porque amenaza nuestra libertad para opinar sobre la conducta sexual y expresarlo en público, en los medios o en nuestras propias iglesias, sino porque amenaza la libertad de todos para esto mismo. No nos molesta porque una minoría tenga más privilegios que nosotros, sino porque es profundamente antidemocrático que la administración, que a todos nos representa, prime a una minoría, sea la que sea. No nos molesta que el lobby LGTB tenga acceso al poder, sino que haga uso inadecuado de ese poder en beneficio propio y en contra de los demás, y nos molesta que la administración muestre debilidad ante esa presión y vulnere su compromiso de trato igualitario con todos los ciudadanos.

La democracia, es cierto, no consiste sólo en respetar la voluntad de la mayoría, sino en compatibilizarla con los derechos de las minorías y los derechos inalienables de la persona, pero el anteproyecto analizado, al privilegiar al colectivo LGTB, vulnera derechos de los que no lo son.

Después de años de discriminación contra las personas LGTB, la realidad constatable es que hoy este es un colectivo menos vulnerable que el resto de la sociedad, tanto en respeto a su imagen como a sus derechos cívicos. Una ley como la propuesta, parcial y generadora de privilegios, no es necesaria. Si la Generalitat insiste, por oportunidad política, en sacar una ley de este tipo, debe revisarla para eliminar todo tipo de discriminación positiva para los LGTB que suponga una discriminación negativa para los demás.

El proyecto de ley pretende presentar a Cataluña como un país abierto y progresista. Apoyamos a la Generalitat en ese objetivo, y por eso mismo advertimos que el citado proyecto de ley empuja a Cataluña en la dirección contraria.

 

Equipo de Autorización

 

___________________________________________________

(1) Guía sobre contratación pública y competencia. Comisión Nacional de la Competencia. Madrid, 2010.

(2) Sólo en 2013 los turistas LGTB dejaron 450 millones de euros en Barcelona (RAGAP España, 21/06/2014)

Apoyo al TEDH en prohibir el burka en espacios públicos

Como Alianza Evangélica Española, y desde nuestra firme posición de defensa de la libertad religiosa y de conciencia en el espacio público, coincidimos con la argumentación seguida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en su sentencia acerca de la posibilidad de que un Estado pueda prohibir el uso del burka o el nikab en espacios públicos.

1.- El TEDH ha avalado la tesis de que el burka o el nikab no podrían prohibirse por razones relacionadas sólo con la conciencia o las creencias.

Los ciudadanos debemos conservar la libertad para manifestar a través de los medios que están a nuestro alcance, entre ellas la forma en la que vestimos, nuestras convicciones y creencias y eso debe ser ejercido tanto en el espacio público como en el privado.

El riesgo que experimenta nuestra sociedad es que las creencias de cada uno, las cuestiones de su conciencia, no puedan ser manifestadas en público. El riesgo es llegar a criminalizar lo religioso, eligiendo entre convicciones cuáles se pueden manifestar en público y cuáles no, lo que sería contrario al artículo 18 de la carta de los derechos humanos.

2.- En cambio el TEDH ha basado acertadamente su argumentación en cuestiones que no son de conciencia, sino realizando un enfoque correcto centrado en el área de la seguridad pública.

El TEDH reconoce el derecho de los Estados «de identificar a los individuos para prevenir atentados contra la seguridad de las personas y los bienes y luchar contra el fraude de identidad». Hace años que en Francia y en muchos otros Estados del mundo  no se puede entrar en espacios públicos con la cara cubierta por un pasamontañas o por un casco.

De la misma manera es una necesidad y una obligación de los Estados la prevención del crimen y en ese entorno los ciudadanos, independientemente de sus convicciones, tienen que facilitar su reconocimiento.

3.- Recalcamos como Alianza Evangélica la absoluta necesidad de respetar los derechos humanos y las convicciones profundas de todos los ciudadanos (libertad de conciencia, de expresión, etc.), de tal trascendencia que la función de los Estados debe ser preservarlos y garantizar la máxima expresión de su ejercicio.

Cualquier tipo de limitación de su ejercicio debe quedar restringida a la preservación de derechos fundamentales de otras personas.

4.- Pero de la misma forma, entendemos y defendemos que el límite de todo derecho fundamental de una persona está en el derecho fundamental de otra persona. Por otro lado, reconocemos el deber de los Estados de preservar la seguridad en los espacios públicos a través de leyes iguales para todos los ciudadanos sin distinción de creencia.

En este mismo sentido, y al margen del espacio público, el Estado debe también preservar la libertad de las personas para no ser obligadas a vestir de una determinada manera por las convicciones de padres, maridos u otros familiares con ascendencia sobre ellas. Las convicciones de las familias nunca están por encima de las convicciones de la persona.

 

Equipo de Autorización